El Tribunal Superior de Justicia de Aragón ha dictado una de las primeras resoluciones conocidas en España en aplicar directamente la reciente sentencia del TJUE de 15 de mayo de 2025. Esta importante decisión estima el recurso interpuesto por Padres Jubilados en defensa de un padre jubilado, reconociéndole su derecho al complemento de brecha de género y condenando a la Seguridad Social al pago de los atrasos desde su jubilación.
La sentencia, dictada por la Sala de lo Social del TSJ de Aragón el 20 de junio de 2025 (recurso 436/2025), estima el recurso de suplicación promovido por Padres Jubilados en defensa de un padre jubilado, con dos hijas, frente a la negativa del INSS a concederle el complemento. El Instituto había denegado el derecho por no haber superado los 120 días sin cotizar tras el nacimiento de sus hijas, requisito que la Disposición Adicional 18ª de la Ley de Clases Pasivas y el art. 60 de la LGSS imponen únicamente a los hombres.
La Sala revoca la sentencia de primera instancia del Juzgado de lo Social de Zaragoza y aplica directamente la doctrina del TJUE, reconociendo el derecho del solicitante al complemento desde la fecha de su jubilación, sin exigirle los requisitos adicionales que la normativa nacional impone exclusivamente por razón de sexo.
Conforme a la clara doctrina que se acaba de transcribir, este motivo de recurso debe estimarse y reconocer el derecho del recurrente a percibir complemento de brecha de género desde que accedió a la situación de jubilación, señala el fallo,
Esta resolución marca un punto de inflexión en la jurisprudencia española: es una de las primeras veces que un Tribunal Superior de Justicia aplica con total claridad el principio de primacía del Derecho de la Unión, corrige la interpretación del INSS y declara el derecho de un hombre al complemento de brecha de género con efectos retroactivos.