El Tribunal de Justicia de la UE permite a los hombres cobrar el complemento por brecha de género sin limitaciones

El Tribunal de Justicia de la UE permite a los hombres cobrar el complemento por brecha de género sin limitaciones

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Los padres jubilados podrán acceder a este complemento sin limitaciones y sin acreditar un perjuicio en su carrera profesional. El complemento es desde el primer hijo, y puede suponer un incremento de más de 2.000€ al año.

El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) ha dictado una sentencia de gran relevancia en la que declara que la redacción actual del complemento por brecha de género (vigente desde el 4 de febrero de 2021) vuelve a tratar de manera desigual a las mujeres y a los hombres, al mantener condiciones más restrictivas para los hombres que para las mujeres.

Para acceder a la sentencia aquí: Sentencia TJUE 15 de mayo de 2025 – Asunto C-623/23

¿Por qué se creo el complemento?

El primer complemento de estas características para compensar la brecha de género en las pensiones (llamado inicialmente complemento de maternidad o complemento por aportación demográfica) se introdujo en 2016. En aquella ocasión, el complemento únicamente estaba previsto para las mujeres, por lo que, evidentemente, se declaró discriminatorio tras largas batallas judiciales.

En sustitución de ese complemento, el Gobierno introdujo por vía de urgencia el nuevo complemento para la reducción de la brecha de género, en vigor a partir del 4 de febrero de 2021. Esta nueva versión del complemento concedía por defecto la mejora a las mujeres pero también permitía a los hombres cobrarlo, si reunían determinados requisitos pretendidamente relacionados con el perjuicio profesional derivado del cuidado de sus hijos. Estos requisitos, en la mayoría de los casos, no se cumplían.

Así, mientras que el INSS ha venido reconociendo el complemento a las mujeres sin condiciones, ha estado rechazando el derecho de los hombres sistemáticamente, alegando que no cumplían los nuevos requisitos, lo que ha llevado, nuevamente, a la judicialización del asunto.

¿Qué ha dicho exactamente el TJUE?

El TJUE considera que el artículo 60 de la Ley General de la Seguridad Social (LGSS) sigue generando un trato desigual y no justificado entre mujeres y hombres.

Aunque en su versión reformada de 2021 se abrió la posibilidad de que también los hombres pudieran solicitar este complemento, el TJUE señala que dicha posibilidad está sujeta a condiciones notablemente más restrictivas que las impuestas a las mujeres, con el resultado de que, en la práctica, el derecho de los hombre se ve gravemente limitado, por lo que se produce nuevamente una discriminación directa por razón de sexo.

Según el art. 60 LGSS, el acceso al complemento para los hombres está condicionado a requisitos específicos (como haber interrumpido su carrera profesional o tener pensiones más bajas que las de la madre), mientras que para las mujeres el derecho se presume automáticamente por el mero hecho de haber tenido hijos. Esto, según el TJUE, conlleva un trato desigual que carece de justificación ibjetiva suficiente.

Un nuevo pronunciamiento sobe la necesidad de igualdad

Esta sentencia se produce tras varios años de litigios y pronunciamientos favorables a padres jubilados que han reclamado el complemento por hijos. Como ya ocurriera en la conocida sentencia del TJUE de 12 de diciembre de 2019 (asunto WA), la justicia europea vuelve a subrayar que la igualdad en el acceso a las prestaciones contributivas debe garantizarse de forma efectiva.

¿Qué implicaciones tiene esta sentencia para los hombres?

Si se ha jubilado a partir del 4 de febrero de 2021 y tiene al menos un hijo, tiene derecho a reclamar el complemento de brecha de género en igualdad de condiciones que la smujeres.

Esta sentencia abriría la puerta a:

Reclamar el complemento mensual con efectos retroactivos desde el hecho causante de la pensión.
Solicitar los atrasos acumulados durante estos años.
Reclamar incluso indemnizaciones por la discriminación sufrida.

Padres Jubilados, líderes y pioneros en esta reclamación

En www.padresjubilados.com somos pioneros en la reclamación del complemento por brecha de género con más de 2.000 reclamaciones desde hace más de 2 años, sin que el cliente asuma ningún riesgo y nuestro compromiso de que “sólo sobramos si usted gana.

Gracias a nuestra especialización, experiencia y dedicación a este tipo de reclamaciones, somos hoy el despacho más reconocido, con más casos resueltos y con mayor tasa de éxito en toda España en la defensa de los derechos de los padres jubilados. Así en www.padresjubilados.com somos el despacho líder en la reclamación de los complementos por hijos, con más de 8.000 clientes defendidos exclusivamente en esta materia, ofreciendo un trato cercano, seguimiento individualizado y la máxima calidad profesional.

¿Cómo podemos ayudarle?

Si tiene al menos un hijo y se ha jubilado desde 2016 sin percibir este complemento, puede recuperar lo que le corresponde. Le ayudamos a reclamar:

El reconocimiento del complemento.
Los atrasos desde el hecho causante.
E incluso una indemnización adicional.

Contacte hoy mismo con nosotros y deje su caso en manos del equipo que más sabe de esta materia.

Esta entrada de blog se plantea de forma meramente orientativa y con carácter general. Esta información no sustituye el asesoramiento de un profesional experto y en ningún caso suponen asesoramiento legal. Dado que la interpretación de las normas por nuestros tribunales es cambiante, la información podría no estar actualizada con las últimas novedades. Si su caso pudiera encontrarse en uno de los supuestos recogidos en este artículo y quiere asesorarse, recomendamos que lo haga con un especialista en la materia.

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